Plan de desarrollo sostenible 2025

82 plan de desarrollo sostenible 2025 del departamento de la paz sistemas informáticos. Sin embargo, hoy día la elaboración de estas declara- ciones y formularios no es considerada dentro su medición ya que se realiza en forma previa al despacho aduanero. – Procedimientos que establecen sistemas de control excesivos. Si bien la norma debe ser de cumplimiento a nivel nacional, su aplicación se ve muy afectada por la exigencia de cumplimiento con criterios discrecionales por parte de los funcionarios de aduana en relación a otras jurisdicciones, situación que genera una percepción de que el control es mayor y más exigente en las ad- ministraciones de aduana de la jurisdicción de La Paz, posiblemente por ser la plaza donde se encuentra la casa matriz de la Aduana Nacional. – En este sentido, el control en el “valor en aduana” durante el despacho adua- nero de importación, es el más sensible y de mayor afección a nuestro sector, ya que, a pesar de ser de responsabilidad exclusiva del importador, la Aduana Nacional vincula y declara como responsable mancomunado al despachante de aduana. Este accionar no respeta la norma supranacional, además de aplicar montos elevados por “ajustes del valor” y la presunta sanción por omisión de pago en aplicación a un procedimiento que vulnera el derecho al debido proceso, a la defensa y a la presunción de inocencia. ✓ Desplazamiento hacia las fronteras, principalmente Tambo Quemado Los Decretos Supremos Nos. 2295 de 22/03/2015 y 2357 de 13/05/2015, apli- cables al régimen de importación para el consumo con el reconocimiento físico sobre medios y/o unidades de transporte en frontera, aplicable a una nómina específica de productos (que va aumentando de manera progresiva), fueron promulgados con el objetivo de descongestionar los trámites en las adminis- traciones de aduana interiores, re-direccionándolas a las administraciones de aduana ubicadas en fronteras, con una reducción sustancial de los tiempos de despacho y a obligatoriedad de la implementación de circuitos especiales de todas las instituciones y operadores de comercio exterior involucrados en el proceso de importación. Para el cumplimiento de esta norma, la Aduana Nacional ha realizado la adecuación necesaria para que todas las agencias despachantes de aduana del país puedan realizar despachos en las administraciones ubicadas en las fronteras habilitadas para el efecto, situación que ha obligado al desplaza- miento de los despachos aduaneros de importación principalmente a la frontera de Tambo Quemado, dependiente de la jurisdicción de Oruro. Después de casi cinco años de su promulgación, se solicita su revisión en atención a las siguientes consideraciones: – El circuito especial y reducción de tiempos (3 horas desde el arribo de la uni- dad de transporte hasta la validación y pago de la dui ), exige una coordinación­

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