Plan de desarrollo sostenible 2025
123 programas y proyectos prioritarios planteados por la feplp Los gobiernos de Bolivia y Perú con el fin de mejorar y ampliar el régi- men de libre tránsito existente entre ambos países y superar las limitaciones existentes, suscribieron en la ciudad de Lima, el Convenio de Tránsito del 15 de junio de 1948, cuyo convenio establece que ambos países se otorgan libre tránsito por sus respectivos territorios en forma irrestricta, en todo tiempo y circunstancias, para toda clase de cargas. Esta libertad de tránsito se ejerce por las vías habilitadas entre los dos países y por las que habiliten en el futuro. De esta manera se diversifica las posibilidades de tránsito para Bolivia, surgiendo además Matarani e Ilo. Este convenio consagra recíprocamente un amplio e irrestricto derecho de libre tránsito, para todo tipo de bienes, tanto mercaderías como armamentos; sin embargo su carácter irrestricto tiene una limitación de tipo geográfico, no se aplica mutuamente a todas las vías del país, sino únicamente a las vías especificadas entre ambos países. Posteriormente, en la década de los setenta se acordó conceder a Bolivia facilidades portuarias y zonas francas en los Puertos de Matarani e Ilo. Sin embargo, en los hechos el impacto de estas iniciativas no fue relevante, debido a su alcance restringido y la alta competencia de los puertos chilenos. Mediante el convenio Marco Gran Mariscal Andrés de Santa Cruz, suscrito en Ilo, 24 de enero de 1992 entre los Presidentes de Bolivia y Perú, Jaime paz Zamora y Alberto Fujimori, se acuerda la ejecución del Proyecto de Amistad, Integración, Complementación y Desarrollo que presenta los siguientes compo- nentes. El Perú concede a Bolivia el libre uso de sus instalaciones portuarias en ilo . Desarrollo de una Zona Franca Industrial para uso de empresas de Bolivia, bajo el régimen jurisdiccional y legislación del Perú, concediendo a sus usuarios exen- ciones aduaneras y tributarias, eliminando de todo tipo de medidas arancelarias y un régimen laboral flexible con libertad de contratación de personal y mediante esta cesión pasa la administración a una empresa promotora, de carácter privado, mayoritariamente boliviana, por el tiempo de 50 años. Bolivia, en retribución, concedió a favor del Perú iguales facilidades en Puerto Suárez. Con la firma de los acuerdos de Ilo, Bolivia adquiere las más amplias facilida- des de acceso al mar, libre tránsito, operaciones portuarias, desarrollo comercial, industrial, turístico y pesquero en las costas del Pacífico, estos acuerdos permiten vislumbrar que con estos elementos de integración se pueden lograr efectos eco- nómicos mucho más dinámicos para el desarrollo de los respectivos países. Desde una perspectiva jurídica, cabe aclarar que tales derechos bolivianos no constituyen componentes de soberanía, ni implican grado alguno de jurisdicción, ya que las citadas facilidades portuarias, así como las zonas francas acordadas, están some- tidas a la soberanía territorial peruana y a la jurisdicción de sus leyes. Desde un ángulo comparativo, cabe precisar que estas facilidades que otorga Perú a Bolivia cualitativamente son más amplias que las recibidas de Chile, sin embargo, tienen en contrapartida la característica de ser recíprocas.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mjc5NTQw